Si bien RMD interpuso un contencioso contra la Resolución de la Junta (en el cual nos hemos Personado), ello no interrumpe plazo alguno, ni legitima para incumplir aquella Resolución, por lo que, a pesar del recurso, RMD debería haber retirado los residuos.
Ignoramos si esta Administración suspenderá o no, de hecho, la exigencia de retirada inmediata de los residuos, pero, para un análisis objetivo de la situación, ha de tenerse en cuenta que un Contencioso Administrativo puede durar alrededor de cinco años, y la contaminación de las aguas subterráneas, por hierro, cobre, cinc y plomo, lixiviados de los cientos de miles de toneladas soterradas, se inició ya en el 2006 (fecha del enterramiento clandestino) y contrastada por la Universidad de León en verano del 2008; contaminación muy peligrosa para la salud humana, y ambiental en general, sobre todo por el cobre y el plomo, metales pesados acumulativos, que puede afectar gravemente a los consumidores de esas aguas, allí donde afloren, natural o artificialmente, por consumo directo de ese agua, o de productos agrícolas regados con ella. Téngase en cuenta que la práctica totalidad de poblaciones de la zona consumen agua obtenida por sondeos sobre los acuíferos locales.
Desde Ecologistas en Acción pensamos que hay que dar prioridad a la salud humana y medioambiental (cumplir la Resolución de retirada de los residuos) antes que a procesos judiciales dilatorios que no son vinculantes. Cuanto más se dilate su extracción mayor es el riesgo de graves afecciones.
Este incumplimiento, y los argumentos arriba expuestos, ya se los hemos comunicado a la Comisión Europea y a la Propia Junta (Dirección General de Calidad Ambiental), de las que esperamos noticias al efecto.