Ecologistas en Acción de Cantabria se opone al sobreseimiento provisional del Director General de Industria, imputado inicialmente por un delito de prevaricación, y ha presentado un recurso hoy mismo ante el Juzgado de Instrucción nº 4 de Santander.

Ecologistas en Acción sostiene que el Director General de Industria autorizó la trasmisión de propiedad de las instalaciones de Emilio Bolado a COPSESA sin exigir la Declaración de Impacto Ambiental, aunque disponía de datos para ello.

En concreto, en ese momento, la Dirección General de Industria (DGI) sabía que la antigua planta de aglomerado asfáltico, hasta entonces propiedad de Emilio Bolado, carecía de autorización por parte de la Consejería de Industria y que la citada instalación había sufrido varias modificaciones que constan en el Registro de Establecimientos Industriales que es competencia de esa Dirección de Industria.

Posteriormente, la Dirección General de Medio Ambiente (DGMA) emite un informe en el que ordena a la DGI y a los ayuntamientos de Camargo y Santander, que ordenen el cese de actividades en las instalaciones adquiridas por COPSESA, pues debe someterse a Evaluación Ambiental el conjunto de instalaciones.

Este escrito es lo que motiva la orden del cese de actividad por parte de la Dirección General de Industria y de los ayuntamientos, acuerdos que son recurridos por COPSESA, que están tramitados en tres recursos contenciosos administrativos en los que estamos personados.

Por otro lado, la denuncia que realizamos ante la fiscalía, ha sido lo que dio pie a la apertura de diligencias penales de las que estamos hablando ahora.

El recurso de COPSESA ante la DGI desencadenó un cambio del Director General de Industria, que fue más allá en su actitud en favor de COPSESA, al solicitar un nuevo informe a la Dirección General de Medio Ambiente, en el que omitía la información relevante para evitar que la planta de aglomerado dejara de funcionar, defendiendo la posición de la empresa de que no debía someterse a evaluación de impacto ambiental.

Fernando Rodríguez Puertas condiciona los informes de la DGMA al dar información sesgada y ocultar la verdad, pues conocía perfectamente que se estaba realizando una actividad y un sistema productivo, contaminantes, sin la preceptiva autorización ambiental.

El Director General de Industria obtuvo un informe favorable a sus pretensiones y a las de COPSESA de la DGMA en octubre de 2013, porque él mismo hizo que se dictara favorable al indicar, ocultando la verdad, que la planta no había sido modificada sustancialmente. Por lo tanto manipuló la información para evitar a la planta someterse a EIA y se opuso a la paralización por motivos medioambientales en julio de 2014 cuando ya sabía que COPSESA había modificado el sistema productivo de forma sustancial.

Entre otras pruebas de lo que afirmamos, en la concesión de una subvención en 2012, consta que COPSESA compró “Una planta de asfalto fija INTRAME modelo RM-30 con capacidad de 100 Tn/hora modificada posteriormente para ampliar su producción hasta 160 Tn/hora”. Los componentes de esta planta se describen en la documentación aportada y se pueden comparar con los “inscritos” en el Registro REI de 1986, donde se ve claramente la diferencia cuantitativa y cualitativa de la instalación inscrita y la instalación actual, lo que parece que no vio el DGI.

En el caso de que este recurso no se admita apelaremos ante la Audiencia Provincial.