La quema de rastrojos tiene reconocidos efectos ambientales negativos, y es perjudicial para la propia economía de la explotación agrícola a largo plazo, ya que la quema del rastrojo, y con ello del humus del suelo conlleva un deterioro de la fertilidad del suelo, aumenta la erosión y aumenta la ya de por sí contaminación de los acuíferos por nitratos.

Esta perniciosa práctica se erradicó porque los agricultores se acogían y acogen a unas subvenciones de la P.A.C. que exigen la condición de no quemar rastrojos, excepto por razones excepcionales fitosanitarias correctamente autorizadas. Subvenciones que se sufragan con los impuestos de todos los ciudadanos y que tienen como supuesta finalidad el propiciar que la producción agrícola sea compatible con la conservación de la naturaleza y la producción de alimentos sanos.

Ahora bien, la Junta de Castilla y León ha aprobado una norma con un contenido irregular que convierte lo excepcional en general. Resulta que se va a poder quemar casi el 25% de la superficie sembrada de cereal de Castilla y León (como si la plaga supiera de % de superficies y propiedades que puede atacar), sin que ningún técnico ni autoridad certifique que la quema se aplica en una parcela que efectivamente tiene una plaga del gusano del alambre y mosquito del trigo, y no como una opción de eliminar el rastrojo de forma barata y rápida.

Esta falta de una certificación técnica de existencia de una plaga en las parcelas, la disimula la Consejería de Agricultura con la obligación de que la solicitud venga firmada con la inexplicada conformidad del Alcalde; autoridad administrativa que no tiene por qué saber si la quema tiene fines fitosanitarios.

La Orden también es incongruente cuando pretende justificar la autorización general del fuego con este motivo: ”bajo la premisa del desarrollo sostenible, resulta necesario compatibilizar las actividades socioeconómicas del mundo rural con la protección del medio ambiente”, olvidando que la quema de rastrojos es fuente de contaminación atmosférica (partículas, benzopirenos, oxidos nitrosos, etc), es foco de incendios forestales y supone un deterioro de la fertilidad del suelo. Supone también la emisión de partículas contaminantes y de cancerígenos hidrocarburos aromáticos policíclicos, junto con un incremento en la emisión de CO2 principalmente por la quema del humus del suelo que es el reservorio y almacén de CO2 más estable y perdurable. Ademas, los suelos agricolas van perdiendo dia tras dia materia organica puesto que en la mayoria de los casos no se repone. Muchos van camino de la desertificacion, un hecho irreversible para la fertilidad del suelo.

Una mala noticia justo cuando este 24 de octubre se celebraba el día mundial de lucha contra el cambio climático, en el cual se ha sabido que Castilla y León está entre las primeras en la emisión de CO2, y también entre las que menos medidas está adoptando.

En todo caso para evitar conflictos con los agricultores, la Consejería de Agricultura no va a imponer medidas de control y vigilancia, en especial en lo relativo al cumplimiento de la distancia de más de 400 metros a arroyos, ribazos o isletas de más de 1000 metros cuadrados de vegetación natural (es decir terrenos forestales en términos jurídicos), reinando la impunidad. Por supuesto la Consejería de Medioambiente tampoco va a comprobarlo, y mucho menos va a organizar y ordenar que los Agentes Medioambientales realicen un seguimiento exhaustivo y riguroso de su propia normativa que prohíbe quemar rastrojos a menos de 400 metros de los terrenos forestales. Tanto por motivos políticos, como por falta de personal, como porque no tiene ni dinero para pagar el gasoil de los vehículos.