El proyecto de Decreto por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de los Parajes Naturales Cola del Embalse de Bornos y Cola del Embalse de Arcos amplía el ámbito territorial de estos parajes. En 246 hectáreas hacia el norte y sur en el de Bornos. El de Arcos 34 hectáreas hacia su zona este.

Ecologistas en Acción espera que se cumplan las disposiciones de este futuro decreto que regulará los usos y actividades en estos espacios y concretará los criterios de ordenación y gestión de los mismos, ampliando además la superficie actual de protección. Según el decreto, los planes urbanísticos deberán adoptar las disposiciones que se establecen en el Decreto.

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Pantano de Bornos

El Paraje Natural Cola del Embalse de Bornos se localiza entre los términos municipales de Arcos de la Frontera, Villamartín y Bornos, mientras que el Paraje Natural Cola del Embalse de Arcos se ubica íntegramente en el término municipal de Arcos de la Frontera.

Queda prohibido el aprovechamiento ganadero de cualquier tipo en el Paraje Natural Cola del Embalse de Arcos o las explotaciones ganaderas en régimen estabulado en el Paraje Natural Cola del Embalse de Bornos. Serán de libre realización, entre otras, la observación de la fauna y la flora, cicloturismo o el senderismo.

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Pantano de Arcos

También queda prohibida la ubicación de establecimientos permanentes o temporales de restauración tales como chiringuitos, quioscos, bares o restaurantes con excepción de instalaciones temporales de avituallamiento asociadas a eventos puntuales de carácter educativo, deportivo o recreativo y expresamente autorizadas por la Consejería con competencia en materia de medio ambiente, la pesca en la margen izquierda del río Guadalete en las zonas adyacentes al tarajal existente en el Paraje Natural Cola del embalse de Bornos y fuera de los puestos de pesca habilitados a tal efecto en el Paraje Natural Cola del Embalse de Arcos, las actividades naúticas a motor o sin motor que dañen el entorno, o aquellas que originen contaminación acústica.

La importante diversidad de aves presentes en estos espacios llevó a la designación de estos Parajes Naturales como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA). En consecuencia, forma parte de la red ecológica europea Natura 2000. Son también Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) de la Región Biogeográfica Mediterránea.