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Documento de observaciones

Ecologistes en Acció ha presentado un documento de alegaciones exponiendo las razones por las que ese proyecto ha de ser sometido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental (EIA) y los impactos ambientales significativos y el alcance y contenidos específicos que debería incluir el EIA que se realice, además de remitir una serie de observaciones sobre otras posibles alternativas de actuación.

En primer lugar planteamos la grave afección a espacios de la Red Natura 2000, ya que la zona de prospección se sitúa en las proximidades de 66 espacios naturales protegidos pertenecientes a esa Red , con distancias mínimas a la zona de actuación como Islas Columbretes (11,1 km), Montgó y Cap de Sant Antoni (16,2 km) y Almadraba (14,1 km).Todos esos espacios naturales contienen hábitats de interés comunitario y prioritario, contemplados en la Directiva Europea. Además el área de permiso Benifayó, coincide parcialmente con la delimitación de una futura Zona de Protección de Aves ( ZEPA) marina que actualmente está en estado de tramitación por parte del Ministerio de Medio Ambiente (Plataforma y talud marinos del Cabo de La Nao) y del corredor de cetáceos, que será una Zona de Especial Protección del Mediterráneo (ZEPIM). Según la normativa ambiental, los proyectos públicos o privados que puedan afectar directamente o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000 han de someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, si así lo decide la autoridad ambiental.

Los criterios para que esa evaluación fuera recomendable serían varios, entre ellos el tamaño del proyecto, ya que el área de adquisición sísmica 3D abarca una extensión muy grande de 4.296 km2 (por encima de la superficie con permisos concedidos), la ubicación de los proyectos y la sensibilidad ambiental de las áreas geográficas afectadas por el proyecto que es alta dado que afectaría a espacios litorales protegidos por la legislación autonómica o del Estado. También las características del potencial impacto, porque la magnitud y complejidad del impacto del ruido procedente de los cañones de aire comprimido es potencialmente muy grande sobre los ecosistemas marinos, especialmente sobre los cetáceos y sobre los recursos naturales (pesca comercial y deportiva). Los cetáceos gozan de un régimen de protección y el rorcual común, la segunda ballena más grande, tiene el estatus de especie vulnerable. Además ante las grandes incertidumbres sobre los impactos potenciales y el desconocimiento de parámetros esenciales de la zona de estudio exige la aplicación del Principio de Precaución y que esas exploraciones sísmicas no se realicen y en todo caso sean precedidas de estudios en profundidad sobre los impactos reales que se vayan a producir.

No aceptamos los argumentos sobre la justificación de la búsqueda de hidrocarburos en el Mediterráneo, ya que consideran que el documento avanza una serie de argumentos para justificar el proyecto, que no se sostienen a la luz de los conocimientos actuales. La “gran dependencia energética del exterior” del modelo español solamente tiene una solución: la extensión de las energías renovables, que prácticamente son las únicas realmente autóctonas. Además de que el análisis de alternativas es insuficiente y el documento únicamente estudia (aparte de la alternativa 0), o sea el reprocesamiento de datos adquiridos en campañas anteriores o la obtención de nuevos datos en versión 2D. Esas alternativas son rechazadas por el promotor frente a las ventajas y calidad de los datos obtenidos con la técnica 3D.

Finalmente consideramos que solamente se analiza la presencia de 8 especies de cetáceos, cuando hay otras especies y no sólo cetáceos (tortugas, invertebrados, etc). Analiza los recursos pesqueros de forma limitada, pues se centra en el estudio de sólo 8 especies cuando debería estudiar de forma completa todos los recursos pesqueros de interés y especialmente los impactos del ruido producido por los cañones de aire comprimido sobre la pesca comercial que es deficiente y los minusvalora, valorándolos como compatibles, cuando en realidad ese impacto debería ser valorado como severo o crítico.