• Ecologistas en Acción felicita al Parlamento Europeo por su rechazo a unos criterios de regulación de los disruptores endocrinos insuficientes.
  • Una definición adecuada de estos tóxicos permitiría su eliminación de los plaguicidas utilizados en los alimentos.

El pleno del Parlamento Europeo acaba de rechazar la actual propuesta de la Comisión Europea para definir los criterios de definición de los disruptores endocrinos, por 389 a 235 votos. Ecologistas en Acción felicita a las/os europarlamentarias/os por anteponer la protección de la salud y el medio ambiente al beneficio de la industria productora de plaguicidas. Al mismo tiempo, llama al Estado español a reconsiderar su apoyo a la propuesta de definición de disruptores endocrinos, insuficiente para proteger la salud de la población y los ecosistemas españoles.

Los disruptores endocrinos, también llamados contaminantes hormonales o EDC, son sustancias sintéticas capaces de alterar el correcto funcionamiento del sistema hormonal. Esta alteración se relaciona con el incremento de importantes daños a la salud como problemas reproductivos (infertilidad, malformaciones congénitas), tumores (de mama, próstata, testículo, tiroides), enfermedades metabólicas (diabetes, obesidad) y alteraciones en el desarrollo del sistema neurológico, entre otras, según advierte un estudio de la Organización Mundial para la Salud (OMS) [1].

La importancia de unos criterios de definición adecuados radica en que permitirán definir qué sustancias son consideradas disruptoras endocrinas para eliminarlas de los plaguicidas de uso legal en Europa. Además, la definición serviría de base para la eliminación de estos tóxicos en otros productos de uso habitual.

Las principales sociedades médicas internacionales, dedicadas al estudio del sistema hormonal y sus enfermedades relacionadas, la Sociedad de Endocrinología (Endocrine Society), la Sociedad Europea de Endocrinología y la Sociedad Europea de Endocrinología Pediátrica también han mostrado una gran preocupación por la propuesta de la Comisión Europea que encontraban insuficiente para proteger la salud de la población actual y de las generaciones futuras.

Asimismo, dos informes jurídicos afirman que los criterios de definición de disruptores endocrinos son ilegales porque la Comisión Europea ha rebasado el mandato otorgado por el Parlamento y el Consejo europeos, al modificar el texto de una normativa aprobada gracias al consenso de las tres instituciones europeas.

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