Como es sabido, el Convenio de Aarhus pretende facilitar el acceso a la información sobre el medio ambiente, así como la participación ciudadana y el acceso a la justicia para estos temas. Pero el balance de los 10 primeros años del Convenio de Aarhus no es muy halagüeño. En particular, el Estado español ni siquiera ha presentado su informe de cumplimiento, además de no haber dedicado los necesarios recursos para la puesta en marcha del Convenio.

Fe Sanchis Moreno, Asociación para la Justicia Ambiental (AJÁ) – ELAW España. El Ecologista nº 58

El pasado mes de junio celebramos en Riga, Letonia, el cumpleaños del Convenio de Aarhus, en una atmósfera mucho menos favorable a los objetivos del mismo que en su nacimiento. Diez años atrás gobiernos de toda Europa y la propia Comunidad Europea firmaron este Convenio para garantizarnos el derecho a disfrutar de un medio ambiente saludable. Para ello, se daba la posibilidad de acceder lo antes posible a la información sobre el estado del medio ambiente; también de tomar parte de forma real y efectiva en las decisiones que afectan al mismo; y, por último, de acudir a los tribunales siempre que se nos niegue indebidamente el acceso a dicha información, se nos impida u obstaculice tomar parte de forma efectiva en las decisiones que afectan al medio ambiente, o cuando la administración o algún particular vulneren la legislación ambiental.

En la Reunión de Riga tomaron parte representantes de 43 gobiernos europeos, de la Comisión Europea, de distintas instituciones de las Naciones Unidas y de diversas organizaciones gubernamentales internacionales, del mundo académico, algunos representantes de la industria y de 110 ONG de toda Europa. Juntos suscribieron la Declaración de Riga [1].

Los 40 Estados obligados a cumplir el Convenio y la Comunidad Europea, a propuesta del Comité de Cumplimiento del Convenio de Aarhus, adoptaron recomendaciones concretas para que se mejore el cumplimiento en Albania, Armenia, Kazajstán y Lituania, y cauciones condicionales para Turkmenistán y Ucrania. También aprobaron un Plan Estratégico para garantizar las labores de apoyo al cumplimiento y desarrollo del Convenio, acordaron comenzar a aunar esfuerzos en los temas relativos a la participación del público, continuar las actuaciones relativas al acceso a la justicia y herramientas de información electrónica, proseguir con la promoción de los principios de Aarhus en otros foros internacionales, y se posicionaron a favor de una pronta ratificación del Protocolo de Kiev sobre Registros de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, y de la modificación del Convenio relativa a la participación en las decisiones sobre organismos modificados genéticamente. Por último, eligieron las personas que formarán parte en los próximos años del Bureau del Convenio y del Comité de Cumplimiento.

Visiones distintas

Respecto a la evaluación realizada del estado de cumplimiento del Convenio, los gobiernos y las ONG no compartían la misma visión. Las ONG pusieron de manifiesto que todavía estamos muy lejos de cumplir con las obligaciones impuestas por el Convenio, en especial en cuanto a la participación del público y el acceso a la justicia ambiental se refiere. La situación es, a menudo, bastante peor de lo que muestran los informes nacionales de cumplimiento presentados por los gobiernos. En algunos países la tendencia es ir a peor en vez de mejorar en el ejercicio de los tres derechos, y ello no sólo en los países del este de Europa y de Asia Central, sino también en los de Europa occidental.

Sin embargo, todos los participantes estuvieron acuerdo en que respecto a la situación general de cumplimiento, por un lado, todavía sigue siendo necesaria la adopción de legislación y el desarrollo de procedimientos detallados. Y, por otro, que se deben aplicar en la práctica las obligaciones legales que ya se establecieron. Respecto del derecho a participar infirieron que las autoridades públicas deben asumir su responsabilidad en cuanto a la calidad y el nivel de participación del público; que deben mejorarse los flujos de discusión y realimentación en los procesos participativos, incluso cuando se utilicen sistemas de consulta electrónica; y que debe asegurarse que el público, y ello incluye a las ONG, cuenta con oportunidades apropiadas para participar de forma real y efectiva en los procesos de toma de decisiones.

En cuanto al derecho de acceso a la justicia estuvieron de acuerdo en la necesidad de establecer un criterio amplio de legitimación activa, es decir, de quiénes pueden acudir a los tribunales, e insistieron en la obligación de reducir o acabar con las barreras que existen en la práctica, entre otras, las barreras económicas y la falta de concienciación de la judicatura.

Sin informe español

Lamentablemente, la revisión del estado de aplicación no incluyó la situación en nuestro país, ya que el Gobierno español, incumpliendo los deberes que los propios gobiernos se impusieron en el Convenio, acudió a la reunión sin haber realizado el preceptivo informe nacional de cumplimiento. De hecho, el proceso para su elaboración se dio a conocer en la página del Ministerio de Medio Ambiente sólo unos días antes de la cumbre y se prevé finalizará en marzo del 2009 [2], obviamente, demasiado tarde como para que se pudiera haber incluido en la evaluación de junio pasado, pero demasiado pronto para que sea útil en la evaluación que se hará en la próxima reunión que se celebrará en Moldavia, en 2011 [3].

La no presentación de este informe ofrece un mensaje inequívoco al resto de países y también a nuestra sociedad sobre la importancia que el Gobierno español otorga a asegurar un correcto ejercicio de los derechos de Aarhus, y por ende a la consecución de un medio ambiente adecuado [4].

Todo el desarrollo legislativo que se ha producido en nuestro derecho al amparo del Convenio de Aarhus y de las dos directivas comunitarias que lo desarrollan [5] no se ha visto acompañado de las adecuadas asignaciones presupuestarias, por lo que el cumplimiento del Convenio no se está produciendo de forma apropiada. Tampoco se ha asignado el personal capacitado necesario. Apenas se han desarrollado acciones de formación o de capacitación ni campañas de información para el público sobre la existencia y ejercicio de los derechos de Aarhus. Como resultado de esta inacción pocas personas conocen estos derechos. Las autoridades estatales, regionales o locales, o bien desconocen su existencia o bien no adoptan las medidas adecuadas para promover y garantizar su ejercicio, cuando no obstaculizan decididamente el mismo. Incluso numerosas organizaciones no gubernamentales de distinto corte –ambiental, vecinal, de consumo, etc.– desconocen la existencia de estos derechos o cómo ejercerlos eficazmente [6].

Protegiendo la Huerta Murciana con las herramientas de Aarhus
No obstante, Riga fue testigo de que algunas personas han comenzado a ejercer estos derechos. El Comité de Cumplimiento del Convenio de Aarhus conoció del esfuerzo realizado por la Asociación de Vecinos Senda de Granada Oeste [7] para ejercer los derechos de Aarhus en la protección de la Huerta Murciana.

La Asociación para la Justicia Ambiental (AJÁ, ELAW España) [8] defendió exitosamente la admisión a trámite de la primera comunicación sobre el incumplimiento de España del Convenio de Aarhus. La comunicación presentada versa sobre la situación creada por el convenio urbanístico firmado hace unos años entre el Ayuntamiento de Murcia y una empresa promotora de viviendas para urbanizar terrenos de la Huerta Murciana. A dicho acuerdo siguieron la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad, para recalificar los terrenos elegidos para la urbanización, la aprobación del subsiguiente Plan Parcial y Proyecto de Urbanización, amén de la ejecución de dicho proyecto sin que los tribunales tutelasen de forma efectiva ni el medio ambiente ni los derechos de las personas afectadas por el proyecto de urbanización.

La comunicación alude a los incumplimientos del Convenio más relevantes dentro del caso, entre los que se incluye: el del derecho de acceso a la información impedido por el hecho de que el Ayuntamiento de Murcia cobrase 2,05 euros por fotocopia de información solicitada; el que las decisiones adoptadas para modificar el plan general urbano, el plan parcial y el proyecto urbanístico en cuestión incumpliesen las obligaciones relativas a la participación del público establecidas por el Convenio; y, finalmente, porque la negativa de los tribunales a adoptar la medida cautelar de suspensión solicitada así como la condena en costas impuesta a la Asociación Senda de Granada Oeste cuando apeló la misma suponen un obstáculo al acceso a la justicia que vulnera las disposiciones del Convenio.

Seis personas pertenecientes a la Asociación Senda de Granada Oeste acudieron a la reunión de Riga y comunicaron con su presencia la importancia que el ejercicio de los derechos de Aarhus tiene para el medio ambiente local así como las dificultades que se encuentran en su ejercicio. Riga se contagió de su activismo. Deseemos que su ejemplo cunda entre todas y todos, y que la comunicación presentada sirva para que las administraciones responsables recapaciten sobre la situación que han creado y asuman finalmente que la normativa ambiental no son sólo palabras que se lleva el viento, sino normas vinculantes cuyo cumplimiento es obligatorio en un Estado democrático y de derecho.

[3] Elaboración del Informe Nacional de Cumplimiento de España:
http://www.mma.es/portal/secciones/participacion_publica/aarhus/index.htm

[4] Art. 45 de la Constitución.

[5] Citaremos entre otras la Ley 27/2006, de 18 de julio, el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, y la normativa autonómica aprobada en Andalucía, Baleares, Cantabria, Castilla La Mancha, y Navarra.

[6] Más información sobre el cumplimiento en España en: La aplicación del Convenio de Aarhus en la UE y en España: http://www.eeb.org/activities/transparency/Aarhus_survey.html