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Alegaciones Luena

Ecologistas en Acción de Cantabria ha presentado alegaciones, frente a la Subdirección General de Evaluación Ambiental del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, al proyecto de perforación de un sondeo de investigación de hidrocarburos denominado Luena Profundo – 1, promovido por Repsol SA.

Esta perforación precisa de la utilización de la técnica del fracking como se expresa claramente en la documentación aportada por la empresa REPSOL. Tanto el listado de productos químicos de la “lechada de estimulación”, la construcción de balsas para el “fluido de retorno”, la maquinaria a utilizar, etc., como los términos que se utilizan para describir el proceso, nos muestran claramente que se va a desarrollar la técnica de la fracturación hidráulica en este caso.

En Cantabria está vigente desde el 26 de abril de 2013, la Ley 1/2013, de 15 de abril, por la que se regula la prohibición en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria de la técnica de fractura hidráulica como técnica de investigación y extracción de gas no convencional. Esta ley, aprobada en el Parlamento por unanimidad, prohíbe expresamente el uso de la técnica del fracking. El breve articulado de la Ley es claro y rotundo: la técnica del fracking está prohibida en todo el territorio de Cantabria para proyectos aprobados, en tramitación o posteriores a su entrada en vigor.

Sin embargo, ni la empresa promotora de este proyecto, Repsol, ni el Gobierno del Estado y sus Ministerios de Industria y Medio Ambiente, muestran el debido respeto a la población cántabra, a los Ayuntamientos afectados y al propio Parlamento que ha decido prohibir esta técnica.

El hecho es que, el Real Decreto 1772/2010, de 23 de diciembre, por el que se otorga a la sociedad Repsol Investigaciones Petrolíferas S. A. el permiso de investigación de hidrocarburos denominado “Luena” sería nulo de Pleno Derecho, por transgredir frontalmente la regla contenida en la Ley Cántabra 1/2013, lo que conllevaría que, todos los Actos Administrativos ulteriores que traigan causa del citado RD devengan nulos, como es el caso del inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto de realización del sondeo de investigación Luena Profundo – 1 en Cantabria.

Teniendo en cuenta los graves impactos que generaría la perforación de este pozo mediante la técnica del fracking, se solicita al Ministerio de Medio Ambiente que suspenda el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, y que se inicie la revisión de oficio por vicio de nulidad del Real Decreto 1772/2010. Además, en el caso de que no se suspenda este procedimiento, se solicita que la empresa Repsol elabore el Estudio de Impacto Ambiental, ya que el proyecto tiene las características precisas para ser sometido a Evaluación de Impacto Ambiental en virtud del contenido de la documentación recibida y de la legislación vigente.