Sentencia Consejo de Medio Ambiente de Castilla y León

Año y medio después de su sentencia de 18 de abril de 2016, que anuló el Consejo Regional de Medio Ambiente, por sentencia de 29 de diciembre de 2017, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha vuelto a anular por segunda vez este órgano consultivo, creado por Decreto 1/2017, de 8 de enero, para sustituir el antiguo Consejo Asesor de Medio Ambiente, que venía funcionando como órgano de participación social desde 2001.

El anulado Consejo Regional de Medio Ambiente absorbió los Consejos entonces existentes de Espacios Naturales, Caza y Pesca, atendiendo sobre el papel a un objetivo de unificación de los órganos de participación medioambiental que Ecologistas en Acción ya propuso en 2012 y por lo tanto consideraba y sigue considerando positivo.

No obstante, con la excusa de la racionalización administrativa lo que en realidad hizo la Junta de Castilla y León fue vaciar de contenido el ya escaso espacio que dedica al debate de sus propuestas medioambientales, creando un órgano aún más dócil e inoperante que el anteriormente existente, con la finalidad de fingir una participación social que es ilusoria.

De hecho, como detalla la sentencia, el número de miembros del nuevo Consejo se aumentó de los ya excesivos 37 hasta 41, incrementando los altos cargos y funcionarios de la Junta de Castilla y León de 17 a 19 y las vocalías de libre designación por el Consejero de Fomento y Medio Ambiente de 3 a 4, inundando así el supuesto órgano de participación social de políticos y funcionarios sin más función que votar lo que indique en cada caso la Presidencia.

Por ello, en esta ocasión el Tribunal deja sin efecto la composición del Consejo y de sus Comisiones de Pesca, de Caza y de Montes, considerando que “hay una desproporción entre los representantes de la Administración en el Consejo Regional y los representantes de lo que hemos denominado sociedad civil”, destacando también “la escasa representación de las asociaciones y organizaciones medioambientales en relación al resto de los representantes de otros sectores de la sociedad cuyos fines son más generales y amplios”.

En este magma de políticos y funcionarios de libre designación, los representantes de las asociaciones medioambientales se limitaron a 2 de 41 miembros, frente a los 3 anteriores o los 5 que tienen por ejemplo en el Consejo Asesor de Medio Ambiente estatal, integrado por sólo 15 miembros y en el que el único cargo de la Administración es la propia Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA), que lo preside, y que la sentencia utiliza también como referencia de una composición más razonable.

Al respecto, la sentencia señala a la vista del supuesto “objetivo de reducir el número de órganos de participación y así dotar de mayor racionalidad al sistema de participación de los ciudadanos en materia de medio ambiente” invocado por la Junta “que lo que no es posible es que como consecuencia de esta nueva norma (el Decreto 1/2017) los ciudadanos tengan menor participación en la toma de decisiones que afectan al medio ambiente”.

Tras comprobar que la representación previa de las distintas Administraciones “se mantiene en términos generales, mientras que la representación de la llamada sociedad civil se ve suprimida o reducida”, señala que “no cabe acudir al argumento de racionalización y reducción de los órganos de participación, que es el principal argumento utilizado en la contestación a la demanda, porque de ser así, esa racionalización y reducción afectaría a todos los miembros que componen los órganos de participación, lo cual no se ha producido”.

En virtud de lo expuesto, la sentencia concluye que “la composición del Consejo Regional de Medio Ambiente en Castilla y León infringe el derecho de participación”, anulando la composición del Pleno y de sus Comisiones, por vulnerar los artículos 9.2, 45 y 105.a) de la Constitución Española, la Ley estatal 27/2006, de 18 de julio y el Convenio de Aarhus de Naciones Unidas sobre acceso a la información, participación del público y acceso a la justicia en materia de medio ambiente, ratificado por España y por la Unión Europea.

Tras este nuevo “revolcón judicial”, Ecologistas en Acción exige al Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera, que cree un verdadero órgano de participación social sobre medio ambiente, sin presencia de altos cargos y con una estructura y funcionamiento operativos, que permita asesorar realmente las políticas ambientales de su Gobierno, tal y como han reclamado las organizaciones ambientales de ámbito estatal Amigos de la Tierra, Greenpeace España, Ecologistas en Acción, Sociedad Española de Ornitología y WWF España, así como distintas asociaciones regionales y locales de Castilla y León.

Otras muestras del particular concepto de participación del Gobierno regional son los casi cuatro años transcurridos sin constituirse el Foro de Participación Social previsto en el Plan Integral de Residuos de Castilla y León, los catorce años (desde diciembre de 2004) que lleva sin convocarse la Comisión Técnica de Vigilancia y Control del vertedero de residuos tóxicos de Santovenia de Pisuerga (Valladolid) o la reiterada exclusión de las asociaciones medioambientales de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Soria.