Ante el posible derribo de la casa situada en el núcleo de La Isla, conocida como la Casa de la Familia Caveda, Ecoloxistes n’Aición d’Asturies ha solicitado; tanto del ayuntamiento de Colunga, como de la Consejería de Cultura; la toma de medidas preventivas de protección necesarias para evitar el derribo del inmueble, así como las necesarias para asegurar la pervivencia de la edificación y de su entorno, entre ellas la inclusión del mismo en el Catalogo Urbanístico.

Ecoloxistes n’Aición d’Asturies considera que, con independencia de que en el Catálogo Urbanístico de Protección del Ayuntamiento de Colunga no figure como edificio catalogado, sí es cierto que su representación arquitectónica de la segunda mitad del siglo XIX del tipo Quinta de recreo, que mezcla la arquitectura popular y culta, y lo convierte, junto a la finca y muro que la circunda, en un conjunto muy interesante e integrado plenamente en el entorno, con un interés público relevante para el núcleo de La Isla y, por tanto, merecedor de una protección jurídica a fin de asegurar su conservación y defensa, al amparo de la legislación urbanística y de protección del patrimonio cultural de Asturias.

La ley obliga a los Ayuntamientos a incluir en catálogos elaborados de acuerdo con la legislación urbanística, los bienes inmuebles que por su interés histórico, artístico, arqueológico, etnográfico, o de cualquier otra naturaleza cultural, merecen conservación y defensa, aun cuando no tengan relevancia suficiente para ser declarados Bien de Interés Cultural o incluidos en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, y determina que, “La obligatoriedad de dicha catalogación no podrá excusarse en la preexistencia de planeamiento contradictorio con la protección en los términos que establece esta Ley ni en la inexistencia de planeamiento general”.

Como quiera que los trabajos de elaboración del PGO de Colunga no han sido expuestos al público ni tampoco su Catálogo, desde Ecoloxistes n’Aición d’Asturies se propone la inclusión en el Catálogo del citado edificio y se tomen las medidas necesarias de protección a fin de garantizar la conservación y evitar el riesgo de destrucción que puedan suponer actuaciones urbanísticas que sobre el mismo se prevén.